Recientemente una nota de la querida Rosa Prieto en el Faro de Vigo ha ilusionado al colectivo de nietos por abuelas emigradas …
Es indudable que cualquiera que lee el título de la nota puede llegar a pensar que todo finalmente se resolvió: “Exteriores corrige la ley de nacionalidad para extenderla a las abuelas emigrantes”. Y la verdad es que nada se resolvió, muchos se han hecho ilusiones y hemos tenido que salir a aclarar que lamentablemente todo sigue igual.
Primero decir que el Ministerio de Exteriores y Cooperación no es el Ministerio encargado de resolver este tema, podrá serlo el Ministerio de Justicia en tal caso…
Me gustaría que los periodistas que tienen cercanía a nuestro espacio, como sucede con Rosa, antes de publicar una nota, nos den la posibilidad de leerla, para que podamos aportar nuestro conocimiento, producto de tantos años en esta materia y quizás poder modificar alguna cuestión que se da por cierta, cuando no lo es.
La realidad es que nada se corrigió y todo sigue igual, es decir, si eres nieto por abuela emigrada antes del 18 de julio de 1936, seguirás sin poder optar a la nacionalidad de tu abuela, tal vez de tu padre o madre y de hermanos menores que tu, que por haber estado bajo la patria potestad de tu padre o madre pudieron optar por el Art 20.1.a del Código Civil vigente.
Si me preguntan si el Gobierno de España tuvo la intención de incluir a los nietos por abuelas, yo les digo que sí, y para ello me remito a las palabras del Ex Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales Jesús Caldera cuando en una de sus visitas por Buenos Aires dijo lo que dijo. Escuchar al Ministro: http://doo.ly/i13e2
Hay que recordar que nuestra ampliación estaba contemplada en la que después se termino llamando Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción internacional.
Esta Ley beneficiaba a los nietos de abuelo varón fundamentalmente, porque permitía optar a los hijos o hijas de originariamente españoles, lo mismo que estipula el Anexo I de la Ley 52/2007, pero también hay que recordar que esta Ley casi no llega a buen fin, fíjense la fecha en la que se aprobó, 28 de diciembre de 2007…
Como existía la enorme posibilidad que no se aprobara la Ley de Adopción Internacional, el Gobierno trasladó nuestra reivindicación a la que sería conocida como Ley de Memoria Histórica o Ley 52/2007 que se aprobó dos semanas antes …
Esta, la 52/2007, amplió el acceso a la nacionalidad porque los que no aplicaban por Anexo I, podían aplicar por Anexo II y agregó un tercer Anexo para los que fueran españoles por opción producto de la Ley 36/2002 pudieran pasar a origen. Esto NO se recogía en la Ley de Adopción Internacional, es decir los puntos II y III.
Al utilizar como vehículo la Ley 52/2007, llegamos en tiempo a destino. Todos felices y contentos, porque pensábamos que todo estaría bien, pero …
El 4 de noviembre de 2008 a nada de comenzar a regir la ampliación, la Dirección General de los Registros y del Notariado, popularmente conocida como DGRN, reglamentó la disposición Adicional VII y como baldazo de agua nos trajo a la realidad. Esta reglamentación indicaba claramente que quedaban fuera los nietos por abuelas emigradas antes del 18 de julio de 1936, así como los nietos por abuelos que se nacionalizaron antes de nacer sus hijos, y los hijos mayores de edad de los que optaran por la Ley 52/2007, es decir, los bisnietos mayores del emigrante español.
Por qué la DGRN estableció como fecha el 18 de julio de 1936 como fecha de inicio pues debemos en principio establecer el verdadero nombre de la Ley que NO es Ley de Memoria Histórica, ya que si este fuera su nombre tal vez podríamos tener algún tipo de elasticidad en cuanto a “fechas”, pero la realidad es que la Ley se llama: Ley 52/2007 de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura.
En pocas palabras, podemos discutir el fin de las persecuciones o violencia, digo, podíamos mencionar el 20 de noviembre de 1975, cuando Franco, el dictador fallece, 1978 con entrada en vigor de la Constitución Española, en este sentido el por qué de fijar el 31 de diciembre de 1955 es para mí una incógnita, aunque se dice que es porque ese año fue un año de poca salida emigrante … pero a la hora de establecer el inicio, se nos complica, porque no podemos fijar como fecha 1900 …
En este sentido se fijó el 18 de julio de 1936, tomando el pronunciamiento del 17 y 18 de julio de 1936, sublevación militar dirigida contra el gobierno de la Segunda República Española.
Dicho esto, este vehiculo llamada ley 52/2007 no da para más, podemos modificar hacia arriba, pero no bajar la fecha inicial, de esta manera seguir esperando modificaciones para los nietos por abuela, es desde mi unto de vista poco viable.
Hay que buscar o una nueva Ley o incorporar un artículo que habilite a los nietos por abuela a optar y tal vez sería bueno ir pensando en la Ley de Igualdad de Trato …
Ha quedado claro que no se necesita una Ley específica que trate el tema “nacionalidad”, e incluso no necesitamos un artículo, ya que con una disposición adicional y hasta temporal puede dar beneficio al colectivo de nietos emigrantes y para nosotros TODO avance en esta materia será excelentemente bien recibido.
Habrá que trabajar en este sentido, como siempre no será fácil, nunca lo fue y no creo que cambie en ese sentido, pero como suelo decir: “sin compromiso no hay logro” y si algo mantuvimos a lo largo del tiempo fue el compromiso, por ello el logro que un 80% de los descendientes han/hemos logrado la nacionalidad española.
Si tienés alguna propuesta, pues compártela y tratemos entre TODOS de llevarla adelante.
Quiero aclarar que esto mismo se aplicaría a los nietos por abuelo que se nacionalizó antes del nacimiento de sus hijos y a los hijos mayores de los que optaron por la Ley 52/2007. El tema es que ante la sociedad, la prensa, etc, los nietos por abuelas son más "reconocibles", por decirlo de alguna manera.
Quiero aclarar que esto mismo se aplicaría a los nietos por abuelo que se nacionalizó antes del nacimiento de sus hijos y a los hijos mayores de los que optaron por la Ley 52/2007. El tema es que ante la sociedad, la prensa, etc, los nietos por abuelas son más "reconocibles", por decirlo de alguna manera.
Muy buena la idea de impulsar una nueva Ley de Igualdad de Trato, para terminar con la injusticia de la discriminación que impuso la Ley de la Memoria Histórica para las mujeres y para los nietos de las mismas.
ResponderEliminarGracias por seguir unidos para lograrlo, ya que la unión hace la fuerza.
Adelante como siempre y agradecidos por el esfuerzo permanente de HYN
solo quiero humildemente comentar que la maternidad para aquellas epocas era lo unico realmente comprobable, y que si hay algo para apoyar para que los nietos/as de abuelas logren la ciudadania, me lo hagas saber que lo apoyare indondicionalmente. Abrazo
ResponderEliminarYO CREO QUE UNA FORMA DE APORTAR ALGO ES A TRAVES DE LA ORGANIZACION Y LA PARTICIPACION
ResponderEliminarESTO FUE DISCUTIDO VARIAS VECES Y ALGUNAS DE ELLAS MAL INTERPRETADA POR ALGUNOS
SIGO CREYENDO QUE HABRIA QUE ORGANIZAR AL GRUPO DE ESPAÑA ,DE ORGANIZARLO NO SOLO PARA INTENTAR RESOLVER LA SITUACION DE ESTOS EN LOS REFERENTE A LA SOLICITUD DE NACIONALIDAD A TRAVES DE LOS DISTINTOS ANEXOS Y TODA LA PROBLEMATICA QUE ESTOS TIENEN SINO DE COLABORAR EN PROFUNDIDAD CON LOS NIETOS DE ABUELA
CUANTAS VECES SE PLANTEO EN EL FORO DE HYN POR EJEMPLO LA NECESIDAD DE ORGANIZARCE PERO SIEMPRE FUE NO SE POR QUE MOTIVOS IMPOSIBLE
HABLE PERSONALMENTE VARIAS VECES CON COMPAÑEROS QUE ESTAN AQUI DE REALIZAR ALGO Y LO UNICO QUE ME ENCONTRE FUE "BUENO VAMOS A REALIZAR ALGO Y NUNCA MAS ME CONTESTARON NADA " SE MUY BIEN QUE ES DIFICIL POR LAS DISTANCIAS QUE TENEMOS UNOS DE OTROS PERO NO IMPOSIBLE TENEMOS ALGUNOS ELEMENTOS A NUESTRO FAVOR Y CON SEGURIDAD QUE SEREMOS MAS DE TRES O CUATRO POR AYUBNTAMIENTO SUMADOS AL INTERNET YA TENEMOS ALGO PARA ARRANCAR
TENEMOS PRINCIPALMENTE A LOS SEÑORES QUE REALIZAN LAS LEYES AQUI VIVEN EN ESPAÑA SON RECIDENTES DE AQUI POR QUE DESAPROVECHAR ESTRA OPORTUNIDAD
SIGO CREYENDO EN LA UNIDAD COMO HERRAMIENTA FUNDAMENTAL PARA LOS OBJETIVOS
AMI ME FUE IMPOSIBLE TRATAR DE ORGANIZAR ALGO QUIZAS SEA OTRO EL COMPAÑERO QUE LO DEBA INTENTAR
SIEMPRE ME PARECIO INJUSTO ALGUNOS PLANTEAMIENTOS REFERIDOS A ALGUNOS DE LOS QUE ESTAMOS EN ESPAÑA ,QUIZAS ME EQUIVOQUE Y NO FUERON TAN INJUSTOS ,DE LO QUE SI ESTOY SEGURO ES QUE SIEMPRE HAY QUE LUCHAR POR LA UNIDAD Y QUE NO TODOS TENEMOS QUE PENSAR IGUAL ,Y QUE ESTO ES BUENO EL NO PENSAR IGUAL Y NOS PERMITIRA EQUIVOCARNOS MENOS
UN GRAN ABRAZO Y A NO VBAJAR LOS BRAZOS
CREO QUE DESDE ESPAÑA SE `PODRIA OBTENER AYUDA YA QUE LOS QUE ESTAMOS AQUI ESTAMOS MAS CERCA DE LOS POLITICOS
ResponderEliminarHUBO INTENTOS PERO QUEDO EN NADA DEBIDO A LA IMCOMPRENCION DE ALGUNOS
CONSIDERO VITAL LA HERRAMIENTA DE LA UNIDAD
MUCHOS ESTAMOS ILEGALES Y NO PODEMOS MOVERNOS MUCHO PERO SI FUESE POSIBLE ENCONTRAR ALGUNOS QUE ESTEN DISPONIBLES POR AYUNTAMIENTOS QUIZAS SE PUEDA ORGANIZAR ALGO
CREO QUE LO MAS IMPORTANTE ES LA UNIDAD COMO GRUPO Y TRABAJAR PARA TODA LA AGRUPACION
lo que no hay que dejar de hacer es la reclamación al Ministerio de Justicia de España cada vez que a alguien le denieguen por éstas razones la ciudadanía española en el Consulado.
ResponderEliminarSi reciben una gran cantidad de reclamaciones verán que hay muchos nietos que quieren obtener la nacionalidad. Es una forma de protesta y creo que dará peso para que con una disposición adicional se revierta la situación.
Excelente artículo Guillermo, que esta sea la TAREA de este año, creo que si ponemos empeño TODOS podremos lograr que seamos reconocidos los excluídos...Saquemos provecho a ese "error" de ese artículo publicado, usemos eso como herramienta (principio de el Aikido o artes marciales). Ya salió publicado un artículo en El País http://tinyurl.com/y9k46sa
ResponderEliminar"Las abuelas son españolas,no son de marte".
Muy clara la nota. Pero yo quisiera saber concretamente que podríamos hacer individualmente o como grupo para lograr que la Ley de Igualdad de Trato sea posible.Gracias y saludos
ResponderEliminarElena
yo creo que la ley de memoria historica no puso ninguna discriminacion , la discriminacion hacia la mujer viene de antes entonces nosotros deberiamos aprovechar todo el camino que ha ganado el sexo femenino en cuanto a derechos y ampararnos para hacerlo retroactivo por ejem a 1890 y 1936 fueron las mayores emigraciones de españa y precisamente por exilios politicos sino por exilios economicos ( como se dijo por ahi). ademas fueron las mujeres que tuvieron que trabajar duro para mantener a sus hijos .
ResponderEliminarme parece bien la ley de igualdad de trato o similar gracias y saludo ... Ah eso si todos juntos
Estaría muy bien que así fuera. Mis dos abuelos eran españoles pero como mi abuelo nació en Málaga (uno de los lugares en los que más se han quemado iglesias y documentos en la guerra civil)no puedo conseguir su fe de bautismo. Solo me queda la posibilidad de que la nacionalidad por abuela se reconozca ya que sus papeles sí los tengo.
ResponderEliminarEstimado Guillermo,
ResponderEliminarTu has estado en contacto con la mayoría de los políticos de relevancia en esta cuestión… Cual ha sido la actitud de ellos cuando le plantearon el tema de los nietos de mujeres españolas?, ellos son los únicos que pueden solucionar este tema, no hay otra manera ni otra solución, son los únicos que pueden incluir a los nietos excluidos. Como nieta de española, con mas de setenta años de edad, muchas esperanza no tengo de recibir la nacionalidad, me ilusione y fue muy feo quedar afuera, y encima vivo en un país como Paraguay en donde nunca recibimos políticos españoles de relevancia, así que no se que solución puedo dar.-
Entiendo que la reglamentación sería inconstitucional, ya que tratándose de una norme de inferior categoría prohibe lo que la ley no prohibe, es decir la transmisión de la nacionalidad por la abuela; a la vez que tembién sería inconstitucional por discriminar a la mujer.
ResponderEliminarEn mi familia tanto mi esposo como yo gestionamos la nacionalidad española por ser nuestros respectivos abuelos españoles. Tenemos una hija de 23 años y un niño de 2 años y medio, que al estar bajo nuestra patria potestad haremos optar también. Es my injusto que nuestra hija mayor quede fuera por ser mayor de edad. En sus venas corre la misma sangre que su hermanito.
ResponderEliminarSe que no hay mucho interes en un recurso contra la reglamentacion, esto lo digo principalmente porque hace meses existia la posibilidad de que el gobierno corrigiera su error en la raglamentacion de la ley (Instructivo), mediante un procedimiento similar, o incluso que la DGRN hiciese lugar a cualquiera de los recursos ya presentados por los nietos de abuela, estimulando la via del recurso para solucionar el problema, cosa que no parece practica.
ResponderEliminarHoy practicamente agotada nuestra paciencia, la voluntad del gobierno y los palos en la rueda incluida la crisis, yo opino que solo nos queda el recurso de inconstitucionalidad como forma de presion efectiva, real y practica.
El escoyo es el dinero para contratar un estudio juridico que nos apoye.
Por ello suguiero crear un fondo donde todos podamos aportar un pesito, cada uno lo que pueda pero todos, incluidos los que ya tenemos la nacionalidad, y contratar un bufete en España que patrocine nuestras solicitudes de inconstitucionalidad contra la reglamentación.
Tambien sugiero que HyNE sea la encargada de ejecutar los gastos contra ese fondo, y que rinda cuentas del mismo a traves de una pagina WEB.
SOY NIETA DE ESPAÑOLES QUE INGRESARON AL PAIS ANTES DE 1922 (ABUELA DE SALAMANCA Y ABUELO VASCO FRANCES??) POR PARTE DE MADRE. NO TENGO PAPELES DE NINGUNO DE LOS DOS. EXISTE LA POSIBILIDAD DE OBTENER LA NACIONALIDAD?
ResponderEliminarSALUDOS DE EVA.
soy biznieto de español nacido en la peninsula, mi madre ha optado por la nacionalidad española, pero yo no puedo por ser mayor de 18 años, existe alguna posibilidad de que la obtenga sin tener que residir en España?
ResponderEliminarSantiago
Yo soy nieta ahora ya española y con toda la descendencia mia hacia atras española pero no puedo meter a mi unico hijo por tener 25 años. Mis padres ambos tambien españoles y los 4 abuelos nacidos en España, pero no oigo de nada para los bisnietos. Gracias por toda la ayuda porque se que si no hubiese existido el grupo HYNE jamas hubiese sido española. Gracias mil,
ResponderEliminarCristy
Estimado Guillermo:
ResponderEliminarMe interesaría saber qué ha sido de la anunciada presentación del denominado Proyecto de Ley de Igualdad de Trato. Motiva esta consulta dos cuestiones: la primera es que coincido que sería oportuno en el marco de una ley de estas características, se incluyera un artículo o una disposición transitoria que resolviera la adquisición de la nacionalidad española para los nietos de abuela en general. La segunda es que habiendo sido anunciado el envío del mencionado proyecto, no solo por Pedro Zerolo sino además por la Vicepresidenta Fernández de la Vega y por el mismísimo Presidente Zapatero para el primer trimestre del 2009, aun tengo constancia de su presentación ante el Congreso de los Diputados y ya estamos en el primer trimestre pero del 2010.
Un saludo cordial.
EDUARDO_
REGULADO EL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN DE LA MUJER
ResponderEliminarEl Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula el Consejo de Participación de la Mujer, contemplado en el artículo 78 de la Ley para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres.
El Consejo de Participación de la Mujer tendrá las funciones de asesoramiento y propuesta sobre aquellas medidas de políticas de igualdad que se aborden por el Gobierno. Este órgano estatal de interlocución de las mujeres con las Administraciones permitirá su participación en las políticas públicas para el avance de la igualdad y, con ello, la consecución efectiva del principio de igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres.
Las principales funciones del Consejo serán la propuesta de medidas para la promoción integral de la igualdad de trato y de oportunidades, y la elaboración de informes sobre los Anteproyectos de Leyes y Proyectos de Reales Decretos de competencia estatal, y sobre el Plan Estratégico de Igualdad de oportunidades.
El Consejo estará formado por veinte organizaciones de mujeres de ámbito estatal y las Administraciones públicas, dos representantes de las Comunidades Autónomas y uno de la Federación Española de Municipios y Provincias. También estarán representadas en dicho Consejo las organizaciones sindicales y empresariales más representativas a nivel estatal.
Soy uruguaya, nieta de abuela emigrada antes del 36, y por lo tanto no me corresponde la ciudadanía, por que al haberse casado con un uruguaya perdio sin saberlo su nacionalidad. Ella nunca tramitó la carta de ciudadanía aquí, en esos años nadie tenía presente ese tipo de documentación, salvo que la necesitara para trabajar. Pienso que como el caso de mi abuela debe haber cientos,creo que es injusto que se nos niegue la posibilidad de la opción a solicitar la nacionalidad por este motivo.
ResponderEliminarEs interesante la posibilidad de contratar un bufet de abogados que represente a nuestros caso y ver si por allí se puede lograr algo. De lo contrario que opción nos queda? ¿la resignación?
Perdón, pero mi pregunta a Guillermo no estába relacionada sobre la regulación de un Consejo de Participación de la Mujer, sino el anunciado y no cumplimentado envío (hasta ahora) del Proyecto de Ley de Igualdad de Trato, previsto para el primer trimestre del año 2009. Creo que en el marco del debate parlamentario de un proyecto de esas características podría incluirse alguna cláusula o artículo que permitiera resolver la cuestión de nacionalidad de nietos (de abuelo y abuela) independientemente del período histórico que fuera contemplado en la LMH.
ResponderEliminarSaludos
EDUARDO_
buenos dias guillermo: te felicito por toda la ayuda brindada sin ninguna recompensa a cambio. Quisiera consultarte por mi caso en particular. mi abuela nacida en españa en la ciudad de Ocero el dia 19-3-1913 vino soltera a la argentina en el año 1929, aca paso 6 años hasta que el 3 de julio de 1936 llega a españa nuevamente (sello comisaria de vigilancia vigo), esta 1 año hasta que vuelve a argentina a causa de la guerra el dia 4/5/1937, todos estos datos figuran unicamente en el pasaporte, luego ella se caso con un argentino el 30 de junio de 1945 y tuvo dos hijos (mi tia y mi padre), en el año 2004 mi padre obtiene la ciudadania por opcion y hace un año aprox. presente los papeles para obtener la ciudadania por la nueva ley,fue rechazada y solicite la cita consular, esta me fue dada para el 26 de marzo de este año, y me solicitan los siguientes requisitos:
ResponderEliminar- Acta/Libreta de matrimonio de sus abuelos debe exhibir el original (tengo)
- Certificación literal de nacimiento de su progenitor español expedida en el último año por este Registro Civil Consular (progenitor es mi papa pero no es español, es argentino y tengo partida de nacimiento argentina y la española pero del año 2004)
- Certificación literal del nacimiento de su abuela expedida en el último año. (la solicite a traves del ministerio de justicia español por la web el dia viernes 12 de febrero para que me sea enviada por correo, pero no se si llegara antes de mi cita consular)
- Original de la Certificación literal del nacimiento del interesado. (serefiere a mi certificado de nacimiento argentino?)
desde ya te pido disculpas por molestarte de tal forma pero veo que no estoy capacitado para defender mi caso porque no se siquiera la probable causa del rechazo en mi solicitud.
esas son mis consultas al respecto, muchas gracias por tu atencion
hernan garcia
Para ser más organizados, aquellos que tengas preguntas o dudas sobre nacionalidad, escriban a: nacionalidad@hyne.com.ar
ResponderEliminarSaludos.
Hola vivo en España y siento verguenza que haya un Ministerio de Igualdad que permita esta discriminacion machista,para que se creo y pagamos todos un ministerio asi
ResponderEliminarquisiera saber cuales son las ultimas noticias sobre la nacionalidad de los nietos´por abuela
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