No es novedad que algunos medios desinforman, pero ya lo de Clarín es una vergüenza…
Porque muchos que lean la nota de Clarín dirán: “para mí no es, mi abuelo no fue exiliado político y mi padre jamás fue español”…
Además, siempre hay que colocar una foto en la que se muestre a la mayor cantidad de descendientes haciendo cola (como desesperados) cuando la realidad es que si se forma cola es por el sistema de seguridad del Consulado, ya que hay que atravesar medias de seguridad, pasar los bolsos por un escanner, dejar cámaras y celulares y atravesar un detector de metales… Todo esto demora el ingreso.
Tampoco existe una “corrida” o desesperación para optar a la nacionalidad y en cuanto a Cuba, el problema es que se solicitan turnos para luego revenderlos, por el escaso acceso a la Web que existe en la isla…
Lo que se amplia es la fecha para solicitar la nacionalidad, pero después de diciembre de 2011 se seguirán tramitando los expedientes hasta finalizarlos, no es responsabilidad del ciudadano que un expediente demore más de medio año para presentarse y otro medio año para tramitar…
Esto sí es terrible: “Para ser precisos, la medida se aplica sobre todo a los hijos y nietos de quienes tuvieron que salir de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955” .
De los pedidos presentados el año pasado, 87,5 por ciento correspondieron a hijos de padre o madre nacido español y emigrado a causa de la guerra.
Las restantes fueron de nietos cuyos abuelos perdieron la nacionalidad por motivo del exilio forzoso.
Todo lo anterior NO es verdad !!!
Mi abuelo emigró en 1928 y mi padre es español nacido en Argentina… Yo ya tengo la nacionalidad española y mis hijos por estar bajo mi patria potestad también …
Magía ? trampa ? No, simplemente la aplicación de la Ley 52/2007.
Espero que esta pequeña guía sirva para aclarar el panorama.
Si el abuelo NO se nacionalizaba argentino, venezolano, uruguayo, mexicano, etc, los hijos que este tuviera nacían originariamente españoles para la Ley española, esto, aunque esos niños nacieran en Argentina, Venezuela, Uruguay, México, etc.
Por lo tanto, los hijos de estos, es decir, los nietos del abuelo emigrante pueden aplicar por Anexo I de la Ley 52/2007. NO importa si el abuelo emigró en 1902, lo que SI importa es saber si se nacionalizó argentino o no, y de hacerlo cuándo lo hizo, porque si se nacionalizó DESPUES de nacer sus hijos, sus nietos también ingresan por Anexo I. No importa si el hijo o hija del emigrante esté FALLECIDO, se realiza un trámite administrativo y se continua con el expediente del hijo de este, es decir, el nieto del emigrante.
Para aquellos nietos que sus abuelos (varones) se nacionalizaron ANTES de que nacieran sus hijos, solo podrán optar si esos abuelos emigraron después del 18 de julio de 1936 y hasta el 31 de diciembre de 1955 y además que demuestren la pérdida de la nacionalidad española por haber optado a la del país en el que residió.
Para aquellos nietos que sus abuelos (varones) se nacionalizaron ANTES de que nacieran sus hijos, solo podrán optar si esos abuelos emigraron después del 18 de julio de 1936 y hasta el 31 de diciembre de 1955 y además que demuestren la pérdida de la nacionalidad española por haber optado a la del país en el que residió.
Estos aplican por el Anexo II de la Ley 52/2007. En el caso de Argentina tanto para demostrar que el abuelo no se nacionalizó o sí se nacionalizó se deberá conseguir la certificación que expide la Cámara Nacional Electoral, 25 de mayo 245.
Si se es nieto o nieta por abuela, sólo podrán optar si la abuela fue madre soltera, es decir, si el padre no reconoció ese hijo, en pocas palabras el hijo lleva el apellido de la madre. Aplicarán por Anexo I.
Si se es nieto o nieta por abuela que se caso con un ciudadano NO español, para que los nietos puedan optar, esta abuela debió haber emigrado después 18 de julio de 1936 y hasta el 31 de diciembre de 1955 y además demostrar la pérdida de la nacionalidad española por haber optado a la del país en el que residió o se reconoce la pérdida por casamiento legal con ciudadano NO español. Se deberá presentar el certificado de casamiento o el de la Cámara Nacional Electoral.
Si se esta en alguna de estas situaciones se deberá solicitar cita en: http://citapreviaconsular.maec.es/Extranet/SuCITA/HomeSolicitanteCon.aspx?Oficina=0&Servicio=NACIONALIDAD
Para más información se puede ingresar en www.hyne.com.ar
Guillermo García Suárez
Coordinador de HyNE – Hijos y Nietos de Españoles
El gobierno de España acordó ayer ampliar por un año el período de vigencia de la llamada "ley de nietos", ante la desbordante demanda en América Latina de descendientes de españoles que quieren recuperar la nacionalidad de sus padres y abuelos.
Desde su entrada en vigor el año pasado, los consulados españoles recibieron más de 161 mil solicitudes de ciudadanía, más de 95 por ciento de ellas en Latinoamérica, y unas 82 mil, es decir la mitad, ya fueron aprobadas.
No se informó el detalle por país.
La prórroga al período inicial de dos años fijado en la ley, que finalizaba originalmente en diciembre de 2010, permitirá, según el Ejecutivo español, atender todos los expedientes cursados y los que siguen pendientes.
La noticia la dio ayer en conferencia de prensa en el Palacio de la Moncloa, sede del Ejecutivo, la vicejefa del gobierno ibérico, María Teresa Fernández de la Vega.
Indicó que en una decisión del Consejo de Ministros se había decidido dar doce meses más de plazos para los trámites previstos en la norma.
"Hasta el momento, más de 160.000 personas han solicitado la nacionalidad en los consulados de España, la gran mayoría en Iberoamérica", informó.
El número exacto es 161.463 solicitudes. De ellos, 154.327 solicitudes -el 95,5 por ciento- provienen de Iberoamérica.
El gobierno del socialista José Luis Rodríguez Zapatero admitió que algunas oficinas consulares al otro lado del Atlántico se vieron desbordadas por el volumen de solicitudes e informó que hubiera sido inviable resolver todas las peticiones en el plazo previsto originalmente.
Frente a esa situación, se reforzaron varios consulados españoles en el mundo con 150 empleados, sobre todo los de La Habana y Buenos Aires (los de mayor demanda), para lo cual la cancillería española destinó unos 4 millones de euros, informó.
Se calcula que 300 mil descendientes están en condiciones de tramitar el beneficio en Argentina, el país que más refugiados recibió en aquel momento, así como hizo con inmigrantes por razones económicas en décadas anteriores.
Luego de Argentina, Cuba es el segundo país de la región que más recibió desplazados de la Guerra Civil. Le seguirían Chile y Venezuela.
Se cree que en la isla del Caribe podrían residir unas 100.000 personas en condiciones de formular el petitorio.
Pero, como se dijo, no se difundieron datos por país en cuanto a solicitudes de nacionalidad por esta ley.
"Se ha comprobado que el elevado número de solicitudes presentadas en Iberoamérica va a desbordar la capacidad de las oficinas consulares", alegó el Ejecutivo .
"En consecuencia, la prórroga en un año (...) permitiría atender todas las solicitudes de cita ya presentadas" y "todas las solicitudes que se presenten y que no puedan ser atendidas en los dos primeros años de aplicación inicialmente previstos", explicó.
La "ley de nietos" es una disposición adicional de la ley de la Memoria Histórica, un texto impulsado por el gobierno socialista en 2007 para resarcir a las víctimas de la guerra civil (1936-39) y la posterior dictadura de Francisco Franco, quien gobernó entre 1939 y 1975.
Para ser precisos, la medida se aplica sobre todo a los hijos y nietos de quienes tuvieron que salir de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955.
La normativa establece que los descendientes de españoles podrán optar a la nacionalidad que perdieron o a la que renunciaron sus padres y abuelos al verse obligados al exilio durante y después el conflicto.
Según estimó el gobierno, hasta medio millón de hijos y nietos de dichos emigrantes tendrían derecho a pedir la ciudadanía española.
De los pedidos presentados el año pasado, 87,5 por ciento correspondieron a hijos de padre o madre nacido español y emigrado a causa de la guerra.
Las restantes fueron de nietos cuyos abuelos perdieron la nacionalidad por motivo del exilio forzoso.
Desde su entrada en vigor el año pasado, los consulados españoles recibieron más de 161 mil solicitudes de ciudadanía, más de 95 por ciento de ellas en Latinoamérica, y unas 82 mil, es decir la mitad, ya fueron aprobadas.
No se informó el detalle por país.
La prórroga al período inicial de dos años fijado en la ley, que finalizaba originalmente en diciembre de 2010, permitirá, según el Ejecutivo español, atender todos los expedientes cursados y los que siguen pendientes.
La noticia la dio ayer en conferencia de prensa en el Palacio de la Moncloa, sede del Ejecutivo, la vicejefa del gobierno ibérico, María Teresa Fernández de la Vega.
Indicó que en una decisión del Consejo de Ministros se había decidido dar doce meses más de plazos para los trámites previstos en la norma.
"Hasta el momento, más de 160.000 personas han solicitado la nacionalidad en los consulados de España, la gran mayoría en Iberoamérica", informó.
El número exacto es 161.463 solicitudes. De ellos, 154.327 solicitudes -el 95,5 por ciento- provienen de Iberoamérica.
El gobierno del socialista José Luis Rodríguez Zapatero admitió que algunas oficinas consulares al otro lado del Atlántico se vieron desbordadas por el volumen de solicitudes e informó que hubiera sido inviable resolver todas las peticiones en el plazo previsto originalmente.
Frente a esa situación, se reforzaron varios consulados españoles en el mundo con 150 empleados, sobre todo los de La Habana y Buenos Aires (los de mayor demanda), para lo cual la cancillería española destinó unos 4 millones de euros, informó.
Se calcula que 300 mil descendientes están en condiciones de tramitar el beneficio en Argentina, el país que más refugiados recibió en aquel momento, así como hizo con inmigrantes por razones económicas en décadas anteriores.
Luego de Argentina, Cuba es el segundo país de la región que más recibió desplazados de la Guerra Civil. Le seguirían Chile y Venezuela.
Se cree que en la isla del Caribe podrían residir unas 100.000 personas en condiciones de formular el petitorio.
Pero, como se dijo, no se difundieron datos por país en cuanto a solicitudes de nacionalidad por esta ley.
"Se ha comprobado que el elevado número de solicitudes presentadas en Iberoamérica va a desbordar la capacidad de las oficinas consulares", alegó el Ejecutivo .
"En consecuencia, la prórroga en un año (...) permitiría atender todas las solicitudes de cita ya presentadas" y "todas las solicitudes que se presenten y que no puedan ser atendidas en los dos primeros años de aplicación inicialmente previstos", explicó.
La "ley de nietos" es una disposición adicional de la ley de la Memoria Histórica, un texto impulsado por el gobierno socialista en 2007 para resarcir a las víctimas de la guerra civil (1936-39) y la posterior dictadura de Francisco Franco, quien gobernó entre 1939 y 1975.
Para ser precisos, la medida se aplica sobre todo a los hijos y nietos de quienes tuvieron que salir de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955.
La normativa establece que los descendientes de españoles podrán optar a la nacionalidad que perdieron o a la que renunciaron sus padres y abuelos al verse obligados al exilio durante y después el conflicto.
Según estimó el gobierno, hasta medio millón de hijos y nietos de dichos emigrantes tendrían derecho a pedir la ciudadanía española.
De los pedidos presentados el año pasado, 87,5 por ciento correspondieron a hijos de padre o madre nacido español y emigrado a causa de la guerra.
Las restantes fueron de nietos cuyos abuelos perdieron la nacionalidad por motivo del exilio forzoso.
Fuente: CLARIN !!!
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