Quiero agradecer al Cónsul Adjunto D. Ricardo Santos Alfonso, por su llamado e invitación a mantener una charla en el Consulado de España en Bs. As.
Realmente fue una grata sorpresa el notificarme de su intención de invitarme a intercambiar opiniones sobre este tema tan importante para el colectivo de descendientes.
Si bien habíamos mantenido algunas charlas durante diferentes actos de la colectividad, no habíamos conversado sobre cuestiones concretas en relación a la aplicación de la Ley 52/2007.
La reunión fue le lunes 7 de noviembre en su oficina.
Primero agradecer sus palabras en relación a destacar la tarea que HyNE viene desarrollando en la difusión de la aplicación de la Ley, reconoció que nuestro trabajo es sumamente importante porque ayuda al consulado en el sentido que cuando el descendiente llega a entregar la documentación requerida, se evita el tener que volver a los 30 días, y esto redunda en un beneficio para todos, ya que el expediente se inicia y termina en el tiempo prudencial que el consulado tiene para nuestra circunscripción, la más importante del mundo en cantidad de españoles residentes y el que mayor número de solicitudes ha tramitado desde el 28 de diciembre de 2008.
Mientra estaba haciendo el ingreso, algo demorado por el tema del escaneo a que se somete a la gente, me encontré con la esposa de Gustavo (Málaga) que estaba intentando ingresar para informarse sobre los trámites que debía realizar por su fallecimiento, además de tener que retirar las literales de sus hijos y el libro de familia.
Entendiendo la situación por la que está pasando, le dije que me acompañe y así plantearle la posibilidad de recibir ayuda, orientación, por parte del cónsul.
En este sentido, agradecer el gesto de Ricardo, el que una vez anoticiado sobre lo sucedido, envío a llamar a una empleada para que acompañe a Verónica, él mismo tomó el certificado de defunción y se movilizó para que se comiencen las diligencias resultantes producto de un fallecimiento.
En relación a la Ley 52/2007, puedo decir que ya NO se aceptaran inscripciones por la página del consulado de Buenos Aires. Solo para aquellas inscripciones que NO estén referidas a la Ley 52/2007 serán tomas en consideración. Recuperación, inscripción de hijos menores, etc.
En relación a la recuperación o no de los padres, previa a la opción de los hijos, es decir, los nietos del emigrante, el cónsul mantiene la postura de solicitar que primero recuperen la nacionalidad los padres para continuar los hijos. Pero si esto fuera imposible, por los motivos que fueran, con la presentación de una carta dirigida al Cónsul Adjunto, explicando los motivos por los cueles esa recuperación es inviable, se analizará cada caso, la idea finalmente, es no perjudicar al descendiente (nieto), ante una situación particular.
En cuanto al tema de los hijos menores de edad (bisnietos) recordó que envíen ya los padres las solicitudes de nacionalidad para optar, ya que se tomará esa fecha, la del envío del e-mail como fecha para determinar si a esa fecha si el hijo o hija estaba bajo la patria potestad del optante.
Quedamos finalmente seguir en contacto por temas que puedan ir surgiendo.
Decir que Ricardo nos acompañará el jueves 10 de diciembre en nombre del Consulado de España en Bs. As. en el acto que llevaremos en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, sito en la Av. Corrientes 1441, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a las 17.45 horas.
Así que los esperamos a todas y a todos
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