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12 de enero de 2010

81.500 personas han obtenido la nacionalidad en el último año.


Por Patrizia Loru


Por último, Consuelo Rumí quiso destacar que en el primer año de la aplicación de la Ley de Memoria Histórica (52/2007) se hicieron más de 81.500 concesiones de nacionalidad. En este sentido, y en relación a las quejas de descendientes de mujeres que perdieron su nacionalidad por estar casadas con extranjeros, Rumí recordó que en el mes de noviembre se dictó una instrucción del Ministerio de Exteriores y de la Secretaría General de Asuntos Consulares y Migratorios para aclarar esta cuestión.


La instrucción deja claro que “todas las abuelas que perdieron la nacionalidad española por matrimonio durante su exilio en el extranjero dan derecho a sus nietos a optar a la nacionalidad de origen a través de la Ley 52/2007. Esta instrucción se ha enviado a todos los representantes diplomáticos y agentes consulares. Allí se deja muy claro que aquellas personas que han visto rechazadas sus solicitudes porque hubo una interpretación que no se ajustaba podrán volver a reclamar o hacer la petición de nuevo para obtener la nacionalidad de origen”.


Rumí recalcó que la voluntad del Gobierno con respecto al tema de la Memoria Histórica, es clara aunque ha habido casos en los que la normativa de acceso a la nacionalidad se ha interpretado de manera diferente. En definitiva, los nietos de las mujeres que a causa del exilio perdieron su nacionalidad podrán solicitarla y si su petición ha sido denegada podrán realizarla de nuevo.


Fuente. España Exterior

18 comentarios:

  1. Una pregunta,no me dieron la nacionalidad por mi abuelo sacar la ciudadanía aquí, mi abuela nunca perdio la nacionalidad española, la puedo reclamar por mi abuela?

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  2. Si ella emigró después del 18 de julio de 1936 y perdió la nacionalidad española, ya sea por optar al del país que le dio acogida, o se casó en forma legal con ciudadano no español, puedes tener una oportunidad.


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  3. Guillermo, yo pienso que esta pregunta ya lo recibiste. Perdone la molestia de nuevo. Pero tengo una duda sobre la ley. E visto/leido que hay personas que an logrado Nacionalidad siendo nieto de abuelos que emigraron de Espana ante de 1936. En mi caso mi abuelo salio en 1896 a Cuba se hizo Cubano en 1912. Mi Padre nacio en 1934 y emigro a los estados unidos y ahora es Ciudadano Americano. Yo soy americano. Yo puedo solicitar Nacinalidad por mi abuelo? Otra Opcion? Gracias

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  4. Hola Enrique, Si tu abuelo se nacionalizó antes de nacer tu padre, no tienes posibilidad, salvo que tu abuelo emigrara después del 18 de julio de 1936 y por lo que cuentas no fue así.

    Ingresa en www.hyne.com.ar y en nuestro foro verás toda la info que requieres.

    Te dejo un abrazo.

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  5. Gracias Guillermo por su respuesta y por el trabajo tan importante que estas haciendo. Mil gracias.

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  6. Guillermo, ¿qué tal?
    Quería hacerte una consulta, que diferencia habría para un nieto por abuela el que permitan o arreglen la ley para que las abuelas puedan dar nacionalidad o que amplíen hasta los bisabuelos... le doy vueltas al asunto pero no lo tengo claro, si pudieras ayudarme te agradecería.En mi caso sería hijo mayor de edad con madre que optó (anexo 1) pero que queda fuera...

    Gracias

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  7. Buenos días Guillermo, mi pregunta si podes contestarla es la siguiente.
    Mi abuelo nació en Muro en 1896, viajo a la Argentina y en 1927 nació mi padre hoy fallecido que nunca opto por la cuidadania española. Tengo que optar por la inscripción del modelo I ¿Tengo que anotar el nacimiento de mi padre?
    Tengo cita para el 17 de abril, tengo la Fe de Bautismo de mi abuelo, pero todavía no me envían del registro civil de muro si esta anotado su nacimiento. Tengo la partida de defunción de mi abuelo. el registro civil de Santa fe me informa que no esta registrado el nacimiento de mi papa, pero en el acta de defunción de mi padre figuran todos los datos de donde nació que estaban en su DNI. Que debo hacer. Desde ya Muchas Gracias

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  8. hola guillermo ,te hago la siguiente consulta mi abuelo era español emigro a pprincipio de sigo,luego nacio mi madre aqi en Argentina ,en el año 2004 obtuvo la nacionalidad española ,pasporte ,español ,yo que soy mayor de edad tengo turno para mayo con la ley 57/2007 estoy bien orientado,?????

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  9. que tal guillermo ,te escribo en referencia al comentario que plantie el dia 10 de marzo ,como anonimo figura el tema es el siguiente mis abuelos emigraron a principios de siglo,mi madre nacio en argentina ,consigui su pasaporte español en el año 2004 en este momento yo ya soy mayor de edad y tengo turno en el consulado español para mayo ,con la ley 52/2007 estoy bien orientado para gestionar la ciudadania ,con esta ley

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  10. Hola Ariel, si tu abuelo (varón) no se nacionalizó o de hacerlo fue posterior al nacimiento de tu madre, tu madre es para la ley española, originariamente española, por lo tanto en su literal dirá que decidió RECUPERAR. Si esto es así tú eres hijo de originariamente española y por lo tanto aplicas por Anexo I. Deberás presentar la literal de tu madre y no necesitas la de tu abuelo.

    Saludos cordiales.

    Te recomiendo leer en www.hyne.com.ar/legales o ingresar a nuestro foro en www.hyne.com.ar/foro.

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  11. Gracias guillermo por tu respuesta

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  12. hola guillermo ,te voy hacer otra consulta ,desde ya te pido disculpas por tantas nolestias ,te comento,,,tenGo problemas para la tramitacion de la cedula de la policia federa MARCOSUR ,Y NO ME DA EL TIEMPO PARA LLEGAR A LA CITA ,CON TODO EN ORDEN ,LA PREGUNTA SERIA ES NECESARIO SI O SI ,APESAR DE TENER LA CEDULA DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS Y dni,ACTUALIZADO HACE UN MES ,,,Y LA OTRA PREGUNTA SERIA ,,COMO HAGO PARA CAMBIAR LA CITA ,POR QUE EN EL PORTAL PLANTEA QUE SE DEBERA PEDIR OTRA CITA DESPUES DE VENCIDA LA PRIMERA O LA QUE ESTA VIGENTE ,,,PERO DA LA CASUALIDAD QUE HAY GENTE DEL FORO QUE CAMBIO LA CITA YA VARIAS VESES Y NO CREO QUE HAYA ESPERADO A QUE SE VENSA CADA UNA ,RESUMIENDO YO YA SE QUE NO LLEGO A la cita entonses para que voy a esperar a que se vensa ,,,,me parese si me podes orientar te lo agradezco ,,,Yo entraria como higo de madre originaria ,ella gestiono su nacionalidad ,(partida que dise recuperar)EN EL AÑO 2004

    MI NOMBRE ES ARIEL GRACIAS POR TODO LO QUE HACES

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  13. Hola Guillermo:mi consulta es mi abuela española se caso con mi abuelo español naturalizado argentino de ahi tuvieron dos hijas ,mi abuelo fallece cuando mi madre era menor.Mi madre obtiene la nacionalidad española ("... habiendo acreditado lo establecido en el articulo 20.1b del codigo civil, opto por la naciolidad española ...") el 27/2/2008. Yo con 28 años puedo solicitar el pasaporte español ?
    Muchas gracias mi nombre es marcelo

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  14. Respuesta a Marcelo León.

    Si tu abuela emigró después del 18 de julio de 1936 y antes del 31 de diciembre de 1955, y además perdió la nacionalidad española, ya sea por adopción de otra nacionalidad o por casamiento legal con ciudadano no español, esto antes del 5 de agosto de 1954, fecha en la que comenzó a regir el código Redacción según Ley de 15 de julio de 1954. B.O.E. de 16-7-1954 (5-agosto-1954 – 24-mayo-1975)ya que a partir de esa fecha la mujer no sigue la nacionalidad del marido, tienes una oportunidad. De no darse estas situaciones, lamentablemente no podrás optar.

    Saludos

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  15. hola guillermo. El abuelo vino a la Argentina antes de 1936, nunca se nacionalizó argentino. Tuvo un hijo,mi padre, que murió hace ya más de10 años. Como estoy para la ciudadanía?

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  16. hola:
    mira he recibido mi ciudadania espanola por mi abuelo, quisiera saber si se la puedo dar a mi hijo que tiene 31 anos.gracias por tu respuesta.

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  17. Hola Guillermo, espacio de mucha informaccion. Te explico: Mi padre nacio en Cuba, vino a vivir a EU y se hiso Ciudadano Americano y ya fallecio. Su padre, (mi abuelo) nacio en Espana y fue a vivir a Cuba, nunca (renuncio a su Nacionalidad Espanola). Mi padre nunca pudo recuperar su Nacionalidad Espanola y no puede ahora por el Codigo Civil pues ya murio. Yo Vivo en los EU.

    Preguntas:
    1-Mi padre y yo nacimos Espanoles?
    2-Aunque mi padre esta fallecido puedo igual yo por ley de Memoria obtar a la nacionalidad de origen?
    3-No importa que naci en Cuba?
    4-No importa que soy Ciudadana Americana?
    5-Puedo tener las dos: Nacionalidad de origen Espanola y La Ciudadania Americana (por Naturalizacion) al mismo tiempo, sin tener que renunciar a ninguna?
    6-Mi padre al hacer La Naturalizacion Americana, perido de ser Espanol?
    Gracias,tengo mucha confusion.

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  18. Hola Guillermo, mi pregunta es sencilla. Mi abuelo perdio la nacionalidad española a causa del exilio y presente los documentos que acreditaban la nacionalidad. Mi hermano de padre y madre presento los mismos documentos. El resultado, a mi hermano le dieron la nacionalidad y a mi no. Que debo hacer??? Estoi fue en el consulado de España en la Habana
    Gracias

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